SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el nuevo Código Penal (Ley 550-14) y también cuatro artículos relativos al aborto.
El tribunal decidió acoger “en cuanto al fondo, las acciones directas de inconstitucionalidad[…] y declarar, de una parte, la inconstitucionalidad de la ley número 550-14 que instituye un nuevo código penal en República Dominicana; y de otra parte, la continuación de la vigencia del Código Penal de la República Dominicana, promulgado mediante decreto ley número 2274 del veinte de agosto de 1884”.
El tribunal admitió las acciones interpuestas por la Fundación Justicia y Transparencia (FJT), la Fundación Transparencia y Democracia y la Fundación Matrimonio Feliz en contra de los artículos y los artículos 107, 108, 109 y 110 relativos a la interrupción del embarazo.
El nuevo Código Penal (Ley 550-14) instruiría el principio de cúmulo de pena, eleva hasta 40 años la prisión para el sicariato y el feminicidio, además de contemplar una serie de sanciones para la corrupción y el tráfico de influencia.
La Ley No. 550-14, que instituye el nuevo Código Penal, fue promulgada el 19 de diciembre del año pasado por el presidente Danilo Medina, quien dispuso su publicación en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
No hay comentarios:
Publicar un comentario