SANTO DOMINGO.- El presidente de la República, Danilo Medina, devolvió a la Cámara de Diputados la Ley del Código Penal, observando los artículos 107, 108, 109 y 110.
En el caso del artículo 107, referente a la interrupción del embarazo, el Poder Ejecutivo considera que no satisface las exigencias que se derivan del principio de legalidad.
En el caso del artículo 107, referente a la interrupción del embarazo, el Poder Ejecutivo considera que no satisface las exigencias que se derivan del principio de legalidad.
En la Ley no se indica las situaciones excepcionales, que por poner en juego derechos fundamentales de toda mujer embarazada, como lo constituye el derechos a la vida y la salud, el respeto a su dignidad humana y a su integridad física y moral, las cuales constituirían auténticas situaciones eximentes de responsabilidad penal.
El primer mandatario dijo en la carta enviada al presidente de los diputados, que la República Dominicana se encuentra dentro de los países de la región con mayor tasa de mortalidad materna, fenómeno en el que juegan un rol preponderante las prácticas inseguras de interrupción del embarazo.
El mandatario entiende que de mantenerse como está establecido en el Código Penal la responsabilidad de la interrupción del embarazo tanto a los profesionales de la salud como a los familiares, en caso de menores de edad, estos podrían cohibirse de cumplir su misión principal de preservar la salud de las personas para evitar ser pasibles de las sanciones penales que establecen los artículos 107 y 109.
“Lo gravoso de las consecuencias que se desprenden para la mujer y para el personal de la salud en materia de la interrupción del embarazo, caracterizado por sanciones restrictivas de libertad, no resulta suficiente en término de eximentes de responsabilidad penal, el hecho de que, en la parte general de la Ley objeto de la observación, se consagre la figura del Estado de Necesidad”.
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