POR: YACO M MENDOZA. La aprobación del proyecto de ley de Extinción de Dominio, la modificación de los tratados internacionales en materia de extradición y que los casos de narcotráfico sean juzgados en el país son algunas de las soluciones que entendidos en la materia plantean para evitar que los bienes de los narcotraficantes que son extraditados retornen a sus manos una vez cumplida su condena. Para el director de la Unidad Antilavado de Activos de la Procuraduría, Germán Miranda Villalona, hay dos opciones: adecuar los convenios de cooperación existentes para permitir que se incluyan dentro de estos la figura del decomiso y someter los bienes por la ley de extinción de dominio.
“Actualmente los bienes quedan en el aire, porque cuando los imputados son extraditados y no se incluye en su sentencia el decomiso de bienes, si vienen aquí reclaman por amparo la devolución y tenemos que entregar bienes que son ilícitos, en una práctica de inmoralidad”, sostiene.
El artículo 51 de la Constitución sobre el derecho de propiedad indica en su numeral seis que “la ley establecerá el régimen de administración y disposición de bienes incautados y abandonados en los procesos penales y en los juicios de extinción de dominio, previstos en el ordenamiento jurídico”, pese a esto, y a que existe una iniciativa, aún no contamos con esta norma.
Hay un proyecto de ley
Villalona detalló que esta ley es un mecanismo, fuera del aspecto de la imputabilidad de la persona, que trata solo de los activos reales y se hace un juicio a los bienes no a la persona.
En el proyecto de Ley de Extinción, que fue diseñado por varias instituciones estatales y asesores extranjeros, y que está bajo estudio del Poder Ejecutivo, se plantea hacer este juicio a los bienes por la vía penal. Dijo que la pieza, que tiene 81 artículos, “permitirá que los herederos de los delincuentes financieros, lavadores o narcotraficantes puedan ser afectados y como es sobre los bienes no se aplica la irretroactividad de la ley”.
De su lado, Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), también favoreció que se someta y apruebe la ley de Extinción de Dominio, cuyos trabajos, según indicó, fueron concluidos hace más de un año.
“La ley de Extinción de Dominio es una herramienta clave para poder incautar y hacer efectivo el decomiso de los bienes propiedad de personas que se presume son narcotraficantes o ligados al lavado… En la República Dominicana está haciendo falta una herramienta así y ya se comienza a ver que se requiere una legislación de esa naturaleza, ojalá que el Ejecutivo decida ya someter eso al Congreso Nacional lo más rápido posible”, sostuvo.
Negocio redondo
Funcionarios como el presidente del Consejo Nacional de Drogas y del Comité Nacional Contra el Lavado de Activos, Fidias Aristy, entienden que las extradiciones están siendo un “negocio redondo” para los criminales, porque pueden cumplir una pena mínima y luego disfrutar de sus bienes. “Creo que debe cuestionarse la potestad del Ministerio Público para desistir, en términos legales, hasta dónde es posible desistir cuando ya existe una persecución formal como fue el caso de Toño Leña”, sostuvo.
Devolución de bienes
La directora de la Unidad de Análisis Financiero del Comité contra Lavado de Activos, Dulce María Luciano, recuerda que en varios casos se han devuelto bienes incautados, como fue el proceso seguido a Mártires Paulino.
Otros presuntos narcos también han incoado procesos en los tribunales y han obtenido sus propiedades. Algunos abogados prevén que en el caso de Quirino (si quedaran bienes) y Ramón Antonio del Rosario Puente (Toño Leña) puede pasar lo mismo.
Otros presuntos narcos también han incoado procesos en los tribunales y han obtenido sus propiedades. Algunos abogados prevén que en el caso de Quirino (si quedaran bienes) y Ramón Antonio del Rosario Puente (Toño Leña) puede pasar lo mismo.
En el año 2008, un juez del Distrito Nacional ordenó la devolución de un apartamento a Eduardo Cordero Rodríguez (El Príncipe) procesado en Estados Unidos junto a Quirino Ernesto Paulino Castillo. A esto se suman los reclamos que en su momento realizó José Arismendy Almonte Peña (Joselito.com), quien regresó al país en el año 2010, luego de cumplir en Puerto Rico una condena de varios años de prisión, y demandó la entrega de bienes millonarios.
Aunque no fueron procesados por narcotráfico, la Suprema Corte de Justicia también ordenó la devolución de los bienes de los extraditados Peter Gruman y Avraham Itzham Fried.
Aunque no fueron procesados por narcotráfico, la Suprema Corte de Justicia también ordenó la devolución de los bienes de los extraditados Peter Gruman y Avraham Itzham Fried.
Algunos puntos de la ley modelo
Según la ley modelo de Extinción de Dominio, que fue creada como forma de asistir a América Latina y el Caribe, en esta materia se procederá sobre bienes que sean producto de actividades ilícitas, que sean instrumentos de actividades ilícitas, que sean objeto material de actividades ilícitas, que provengan de la transformación o conversión parcial o total, física o jurídica del producto, instrumentos u objeto material de actividades ilícitas.
También incluye los bienes que constituyan un incremento patrimonial no justificado.
Que no solo afecte al narcotráfico
Los abogados Tomás Castro y Trajano Vidal Pottentini entienden que el país debe asumir su responsabilidad y juzgar a estas personas acusadas de narcotráfico. “Es una irresponsabilidad del Estado dominicano que no asume su verdadero rol”, dijo Castro mientras que Trajano también abogó porque se contemplen los decomisos en los acuerdos de extradición.
Mientras que Félix Damián Olivares aclara que la extradición debería hacerse de manera condicional, si hay casos abiertos, pero de lo contrario no se puede hacer nada para evitar la devolución de los bienes. No obstante, cree que sería un buen paso aprobar la ley de Extinción de Dominio bajo las reglas del derecho civil, porque esta permite “establecer la presunción de ilicitud de los bienes, eso permitiría expropiar la mayoría de los bienes a los políticos porque el 90% no tiene cómo justificar los bienes, esa sería interesante que se apruebe”.
Una ley modelo sobre extinción
Existe un proyecto de ley modelo de Extinción de Dominio creado por la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, en el cual se establece que la extinción de dominio es una consecuencia patrimonial de actividades ilícitas consistente en la declaración de titularidad a favor del Estado, de los bienes a que se refiera la ley, por sentencia de autoridad judicial, sin contraprestación, ni compensación de naturaleza alguna. Además es de naturaleza jurisdiccional, de carácter real en cuanto se dirige contra bienes, y se declara a través de un procedimiento autónomo, e independiente de cualquier otro juicio o proceso.
La extinción de dominio también se declarará con independencia de que los presupuestos para su procedencia hayan ocurrido con anterioridad a la vigencia de esta ley, es decir, es retroactiva pero sin violar derechos adquiridos.
Tratado de extradición con Estados Unidos
El 19 de junio de 1909 el país firmó el Tratado de Extradición con Estados Unidos mediante el cual se comprometieron a entregar a la Justicia, a petición del otro, a todos los individuos acusados o convictos de hechos cometidos dentro de la jurisdicción de las partes.
Los delitos que aplican para la extradición son asesinato, tentativa de asesinato, incendio, destrucción, robo con violencia, falsificación y fabricación de una moneda falsa, entre otros.
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